{"id":20929,"date":"2019-01-30T08:15:23","date_gmt":"2019-01-30T14:15:23","guid":{"rendered":"http:\/\/www.radiodigitaltamazunchale.com\/landing\/?p=20929"},"modified":"2019-01-31T08:18:38","modified_gmt":"2019-01-31T14:18:38","slug":"en-sesion-extraordinaria-el-pleno-del-congreso-del-estado-aprueba-los-tabuladores-de-remuneraciones-de-servidores-publicos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.radiodigitaltamazunchale.com\/landing\/uncategorized\/en-sesion-extraordinaria-el-pleno-del-congreso-del-estado-aprueba-los-tabuladores-de-remuneraciones-de-servidores-publicos\/","title":{"rendered":"EN SESI\u00d3N EXTRAORDINARIA, EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO APRUEBA LOS TABULADORES DE REMUNERACIONES DE SERVIDORES P\u00daBLICOS."},"content":{"rendered":"\n<p><strong>-Aprueban por unanimidad, el decreto que establece los coeficientes aplicables para el pago de participaciones a municipios para 2019.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En Sesi\u00f3n Extraordinaria, el pleno de la LXII Legislatura aprob\u00f3\nel dictamen que establece los tabuladores de las remuneraciones del anexo 14\ndel Presupuesto de Egresos del Estado, del Ejercicio Fiscal 2019; y los\ncoeficientes aplicables para el pago de participaciones a municipios a partir\ndel 31 de enero de 2019.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de los tabuladores, se establece que la iniciativa de Ley de Presupuesto de\nEgresos del Estado de San Luis Potos\u00ed, fue presentada el veinte de noviembre de\ndos mil dieciocho del presente, por lo que, cumple con el t\u00e9rmino se\u00f1alado en\nla fracci\u00f3n VII del art\u00edculo 80 de nuestra Carta Magna, en la cual se incluyen\nlos tabuladores de los ejecutores del gasto; sin embargo, en ese momento, los\npoderes del Estado, los organismos descentralizados, y los organismos aut\u00f3nomos\ndesconoc\u00edan la remuneraci\u00f3n que percibir\u00eda el Presidente de la Republica, la\ncual fue incluida en el presupuesto de egresos de la federaci\u00f3n para el\nejercicio fiscal 2019, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n\nel d\u00eda veintiocho de diciembre del 2018.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, de acuerdo a lo aprobado en el Presupuesto de Egresos\ndel Estado para el ejercicio fiscal 2019, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del\nEstado el d\u00eda diez de enero del presente a\u00f1o, se indica lo siguiente: \u201cEn el\ncaso de los tabuladores de las remuneraciones que se incluyen como Anexo 14 del\nPresupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2019, deber\u00e1n ser\najustados por los ejecutores del gasto y enviados al H. Congreso del Estado a\nm\u00e1s tardar el d\u00eda 20 de enero de 2019 para su aprobaci\u00f3n y publicaci\u00f3n, en los\ncuales se tendr\u00e1 que observar el cumplimiento de lo dispuesto en los art\u00edculos\n116 fracci\u00f3n II p\u00e1rrafo quinto de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados\nUnidos Mexicanos y 80 fracci\u00f3n VII de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre\ny Soberano de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>De la misma manera, las percepciones m\u00e1ximas que se establezcan en\nlos referidos tabuladores para el ejercicio 2019 respecto de los niveles 19 al\n14, se ajustar\u00e1n a lo dispuesto en los art\u00edculos 133 de la Constituci\u00f3n\nPol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed, 11 y 12 de la Ley Reglamentaria del\nart\u00edculo 133 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de San\nLuis Potos\u00ed en materia de remuneraciones.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>Los tabuladores que fueron motivo de ajuste, corresponden al Poder\nEjecutivo del Estado, sector central niveles 14 al 20; 17 organismos\ndescentralizados del Ejecutivo del Estado; el Poder Legislativo; Poder\nJudicial; Fiscal\u00eda General del Estado; Universidad Aut\u00f3noma de San Luis Potos\u00ed;\nel Consejo Estatal Electoral y de Participaci\u00f3n Ciudadana; el Consejo Estatal\nde Garant\u00eda de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica; la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos\nHumanos; el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potos\u00ed; la Auditor\u00eda\nSuperior del Estado; y la Universidad Tecnol\u00f3gica de San Luis Potos\u00ed. <\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se dio cuenta de 30 organismos descentralizados del Poder Ejecutivo que no fueron\nsusceptibles de modificaci\u00f3n en sus tabuladores, quedando vigentes los\nestablecidos en el Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal\n2019.<\/p>\n\n\n\n<p>Tomando como base la remuneraci\u00f3n mensual neta del Gobernador del\nEstado de $105,154.24 (ciento cinco mil ciento cincuenta y cuatro pesos 24\/100\nM.N) los tabuladores presentados dan cumplimiento a lo establecido por los\nart\u00edculos, 127 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos; y\n133 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de San Luis Potos\u00ed,\nen materia de remuneraciones. Este dictamen se aprob\u00f3 por mayor\u00eda de 22 votos a\nfavor, 2 en contra y una abstenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, y al sustentar su voto en contra, el diputado\nEugenio Govea Arcos solicit\u00f3 sea revisada jur\u00eddicamente la expedici\u00f3n de dichos\ntabuladores, dado que considera fueron presentados y aprobados de manera\nextempor\u00e1nea.<\/p>\n\n\n\n<p>Fue aprobado por unanimidad, el decreto que establece los\ncoeficientes aplicables para el pago de participaciones a municipios, a partir\ndel 31 de enero de 2019.<\/p>\n\n\n\n<p>Se\nindica que de acuerdo a la Ley de Coordinaci\u00f3n Fiscal del Estado, la asignaci\u00f3n\nde las participaciones federales distribuibles entre los municipios, se debe\nrealizar de conformidad a lo siguiente: <\/p>\n\n\n\n<p>\u00b7 Para el pago de Participaciones a los\nmunicipios del Estado de San Luis Potos\u00ed, que les correspondan en el Ejercicio\nFiscal 2019, se deber\u00e1n aplicar los Coeficientes de Participaciones que a\ncontinuaci\u00f3n se citan, los cuales se calculan conforme al art\u00edculo 12, 14, 15\n(ISAN y Compensaci\u00f3n del ISAN), 16, 17 y 19 Bis de Ley de Coordinaci\u00f3n Fiscal\ndel Estado de San Luis Potos\u00ed, que determina la aplicaci\u00f3n de los siguientes\ncriterios: <\/p>\n\n\n\n<ol><li>El\nnoventa y cinco por ciento conforme al factor de poblaci\u00f3n. <\/li><li>&nbsp;El cuatro por ciento conforme al \u00cdndice\nMunicipal de Pobreza que se indica en el art\u00edculo 34 de la Ley de Coordinaci\u00f3n\nFiscal, y <\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>III.\nEl uno por ciento en proporci\u00f3n inversa al factor de poblaci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>\u00b7 Para el pago de Participaciones a los\nmunicipios del Estado de San Luis Potos\u00ed, que les correspondan en el Ejercicio\nFiscal 2019, se deber\u00e1n aplicar los Coeficientes de Participaciones que a\ncontinuaci\u00f3n se citan, los cuales se calculan conforme al art\u00edculo 18 de la Ley\nde Coordinaci\u00f3n Fiscal del Estado de San Luis Potos\u00ed, que determina la\naplicaci\u00f3n de los siguientes criterios: <\/p>\n\n\n\n<ol><li>El\nnoventa por ciento conforme al factor de poblaci\u00f3n. <\/li><li>El\ncuatro por ciento conforme al \u00cdndice Municipal de Pobreza que se indica en el\nart\u00edculo 34 de la Ley de Coordinaci\u00f3n Fiscal, <\/li><li>El\nuno por ciento en proporci\u00f3n inversa al factor de poblaci\u00f3n, y <\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>IV.\nEl cinco por ciento restante de acuerdo al factor de eficiencia administrativa\ndel municipio, mismo que ser\u00e1 el cociente de la recaudaci\u00f3n de impuesto y\nderechos municipales contenida en la \u00faltima cuenta p\u00fablica aprobada por el\nCongreso del Estado, entre el gasto ejercido en el cap\u00edtulo 1000,\ncorrespondiente a Servicios Personales, para cada uno de los municipios del\nEstado.<\/p>\n\n\n\n<p>Por unanimidad de 25 votos a favor, se aprob\u00f3 la reforma\na los art\u00edculos, 78 en su fracci\u00f3n III el p\u00e1rrafo segundo, 86, 99, 130, 148 en\nsu fracci\u00f3n VIII, 159, y 165, de la Ley del Registro P\u00fablico de la Propiedad y\ndel Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potos\u00ed, para actualizar\nesta legislaci\u00f3n e incorporar los nombres correctos de los ordenamientos a que\nhace referencia, con el fin de hacer eficiente y eficaz la observaci\u00f3n y\naplicaci\u00f3n de la norma jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n por unanimidad, se aprob\u00f3 la reforma a la\nfracci\u00f3n XXXVII del art\u00edculo 7\u00b0, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis\nPotos\u00ed, en relaci\u00f3n a las facultades de la Secretar\u00eda de Ecolog\u00eda y Medio\nAmbiente, SEGAM, en el manejo de las \u00e1reas naturales protegidas, previa\ndeclaratoria de las mismas.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, se aprob\u00f3 que el Honorable Congreso del\nEstado Libre y Soberano de San Luis Potos\u00ed, respalda la iniciativa planteada\npor el Parlamento de Hidalgo a la C\u00e1mara de Diputados, que modifica la Ley\nGeneral de Salud, mediante la que se busca el reconocimiento a la salud digital\ncomo un conjunto de herramientas, estrategias y acciones, impulsadas por el\nSistema Nacional de Salud, que permita incrementar la cobertura y el acceso\nefectivo, y la calidad de los servicios a su cargo, mediante el uso de\ntecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n, buscando dar un valor agregado a cada una de las\nacciones y estrategias con las que ya se cuenta.<\/p>\n\n\n\n<p>Agotados los asuntos, se clausur\u00f3 el Segundo Periodo\nExtraordinario de Sesiones, con la presencia del titular de la Secretar\u00eda del\nTrabajo y Previsi\u00f3n Social, Manuel Lozano Nieto, en representaci\u00f3n del Poder\nEjecutivo; y el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Juan\nPaulo Almaz\u00e1n Cu\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DIPUTACI\u00d3N\nPERMANENTE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En sesi\u00f3n de la Diputaci\u00f3n Permanente, se emiti\u00f3 la\nDeclaratoria de&nbsp; caducidad de las\niniciativas turnos n\u00fameros: 5473; 4412; y 4387 de la Sexag\u00e9sima Primera\nLegislatura.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, la diputada Sonia Mendoza D\u00edaz, presidenta de la\nDirectiva del Congreso del Estado, hizo entrega del inventario de memorias,\noficios, comunicaciones y dem\u00e1s documentos recibidos durante el receso.<\/p>\n\n\n\n<p>Se turn\u00f3 a las comisiones legislativas la correspondencia\nenviada por ayuntamientos, poderes del estado y de otras entidades, as\u00ed como\nparticulares para su an\u00e1lisis.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, cit\u00f3 a Sesi\u00f3n Solemne de&nbsp; Apertura del Segundo Periodo Ordinario, del\nPrimer A\u00f1o de Ejercicio Legal, el viernes uno de febrero 2019, 10:00 horas,\nen&nbsp; el sal\u00f3n \u201cPonciano Arriaga Leija\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-Aprueban por unanimidad, el decreto que establece los coeficientes aplicables para el pago de participaciones a municipios para 2019. 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