{"id":43075,"date":"2021-06-29T09:39:00","date_gmt":"2021-06-29T15:39:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.radiodigitaltamazunchale.com\/landing\/?p=43075"},"modified":"2021-06-30T09:40:01","modified_gmt":"2021-06-30T15:40:01","slug":"congreso-del-estado-aprobo-reformas-a-la-ley-del-centro-de-justicia-para-las-mujeres-del-estado-de-san-luis-potosi","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiodigitaltamazunchale.com\/landing\/uncategorized\/congreso-del-estado-aprobo-reformas-a-la-ley-del-centro-de-justicia-para-las-mujeres-del-estado-de-san-luis-potosi\/","title":{"rendered":"CONGRESO DEL ESTADO APROB\u00d3 REFORMAS A LA LEY DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOS\u00cd"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>EL OBJETIVO ES QUE LOS CENTROS DE ATENCI\u00d3N PARA MUJERES TENGAN ADSCRITO UN JUZGADO DE LO FAMILIAR. DEBEN FACILITAR A LAS MUJERES EL ACCESO A LA JUSTICIA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>SE APROB\u00d3 REFORMA A LA LEY DE TRANSPORTE P\u00daBLICO DEL ESTADO PARA OBLIGAR A LOS CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS A CUMPLIR CON LOS PROTOCOLOS&nbsp; DE SALUD A CAUSA DE BROTES EPID\u00c9MICOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>SE APROB\u00d3 LA INSTALACI\u00d3N DE CINCO COMISIONES JURISDICCIONALES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En Sesi\u00f3n Ordinaria, se aprob\u00f3 por mayor\u00eda de 21 votos a favor y 3 votos en contra, la adici\u00f3n al T\u00edtulo Quinto el cap\u00edtulo XVI \u201cPoder Judicial del Estado\u201d, y el art\u00edculo 79, de la Ley del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de San Luis Potos\u00ed, con el prop\u00f3sito de que los centros de atenci\u00f3n para mujeres tengan adscrito un juzgado de lo familiar, el cual ser\u00e1 competente para expedir las \u00f3rdenes de protecci\u00f3n cautelares; conocer de procedimientos concernientes a los alimentos, guarda, custodia, divorcios, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta manera, se indica en el ART\u00cdCULO 79. \u201cEl Poder Judicial del Estado integrar\u00e1 al Centro, cuando menos un Juzgado Familiar, el que adem\u00e1s de las atribuciones que prev\u00e9 la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potos\u00ed, tendr\u00e1 las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>I. Expedir las \u00f3rdenes de protecci\u00f3n cautelares a las que alude el art\u00edculo 41 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potos\u00ed;<\/p>\n\n\n\n<p>II. Conocer y resolver respecto de los asuntos relativos a los alimentos; guarda y custodia; y en su caso, de conclusi\u00f3n, transmisi\u00f3n, p\u00e9rdida, o suspensi\u00f3n de la patria potestad;<\/p>\n\n\n\n<p>III. Conocer respecto de los asuntos relativos a divorcios, y disoluci\u00f3n de concubinatos, y IV. Las dem\u00e1s que le otorga la ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Se indica que con ello, se busca que los centros de justicia para las mujeres ubicados en la entidad, cumplan \u00edntegramente con el objeto para el que fueron creados, y se precisa que se conformen con servicios interinstitucionales y especializados que faciliten a las mujeres el acceso a la justicia, y les brinden la atenci\u00f3n integral, a ellas, sus hijas e hijos.<\/p>\n\n\n\n<p>Se establece que por requerirse un presupuesto considerable, se crear\u00e1, por el n\u00famero de expedientes que conoce, primero el del municipio de San Luis Potos\u00ed; posteriormente anualmente, con el presupuesto requerido, los ubicados en los municipios de, Rioverde; Matehuala; y Matlapa, respectivamente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Otros dict\u00e1menes<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por unanimidad de 24 votos a favor, se aprob\u00f3 la reforma al art\u00edculo 25 en su fracci\u00f3n XIII, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potos\u00ed, para establecer como parte de las acciones en materia de salud el&nbsp; desarrollo y fortalecimiento de programas en materia de prevenci\u00f3n, detecci\u00f3n oportuna, control y tratamiento de las enfermedades de los hombres con especial \u00e9nfasis a la del c\u00e1ncer de pr\u00f3stata.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto debido a que es necesario impulsar acciones preventivas, ya que de acuerdo con la Secretar\u00eda de Salud, el c\u00e1ncer de pr\u00f3stata es la primera causa de muerte en hombres en el estado de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>Por unanimidad de 24 votos a favor, se aprob\u00f3 la adici\u00f3n&nbsp; al art\u00edculo 36 el p\u00e1rrafo cuarto, de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones P\u00fablicas del Estado de San Luis Potos\u00ed, para establecer que en caso de que las hijas o hijos de trabajadoras hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atenci\u00f3n m\u00e9dica hospitalaria, el descanso podr\u00e1 ser de hasta dos meses y medio posteriores al parto, previa presentaci\u00f3n del certificado m\u00e9dico correspondiente, ya que al tratarse de un alumbramiento fuera de los par\u00e1metros normales, es<\/p>\n\n\n\n<p>incuestionable que se debe salvaguardar la salud de la madre e hijo, quienes por las condiciones anormales requieren de mayores y espec\u00edficos cuidado.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprob\u00f3 por mayor\u00eda de 23 votos a favor y 1 en contra, la reforma a los art\u00edculos, 15 en su fracci\u00f3n VII, 19 en sus fracciones, XII, y XIII, 72 en su fracci\u00f3n III, 87 en sus fracciones, VII, VIII, IX, y X, y p\u00e1rrafo \u00faltimo, 89 en su p\u00e1rrafo primero, 99, 100, 102, 103 en sus fracciones, I, II, y III, y 114; y adiciona al art\u00edculo 19 la fracci\u00f3n XIV, de la Ley de Tr\u00e1nsito del Estado de San Luis Potos\u00ed, para que los \u00fanicos facultados para sancionar a los sujetos infractores de la ley, de los reglamentos municipales y de los bandos de polic\u00eda y gobierno, sean los agentes de tr\u00e1nsito municipales, y no los elementos operativos.<\/p>\n\n\n\n<p>Se establece que todos los veh\u00edculos que circulen en la v\u00eda p\u00fablica, as\u00ed como los conductores de \u00e9stos, de acuerdo a su naturaleza, deber\u00e1n, obligatoriamente, contar con p\u00f3liza de seguro vigente, a efecto de garantizar los da\u00f1os y perjuicios que pudieren ocasionarse a terceros, en sus bienes y personas en general por la conducci\u00f3n del veh\u00edculo.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n a las medidas de seguridad administrativa, se indica que \u201cEn los casos establecidos en las fracciones, II, V, VII, y VIII, de este art\u00edculo, el infractor tiene el derecho de conducir su veh\u00edculo hasta el dep\u00f3sito que el mismo decida, siempre y cuando se encuentre dentro de la zona jurisdiccional correspondiente y, s\u00f3lo en caso de negativa o de abandono de la unidad, se podr\u00e1 ordenar el traslado por medio de gr\u00faa. El agente de seguridad p\u00fablica con funciones de tr\u00e1nsito, deber\u00e1 contar con un listado de pensiones y lotes de veh\u00edculos autorizados, y otro de gr\u00faas, mismos que deber\u00e1n contener al menos nombre, direcci\u00f3n, tel\u00e9fono, conforme a la ley de ingresos respectiva y tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de consultar con el infractor para poder trasladar el veh\u00edculo en la gr\u00faa seleccionada a la pensi\u00f3n o lote de veh\u00edculos autorizado, debiendo levantar la raz\u00f3n circunstanciada en la boleta que emita. Ser\u00e1 obligatorio permitir al infractor tomar de su unidad las cosas de valor o no, que el mismo considere\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por mayor\u00eda de 22 votos a favor y 1 en contra, se aprob\u00f3 la reforma a los art\u00edculos, 81 en su fracci\u00f3n XXIII, y 83 en sus fracciones, V, y VI; y adici\u00f3n a los art\u00edculos, 81 una fracci\u00f3n, \u00e9sta como XXIV, por lo que<\/p>\n\n\n\n<p>actual XXIV pasa a ser fracci\u00f3n XXV, 83 la fracci\u00f3n VII, y 129 en sus fracciones, I un inciso, \u00e9ste como y), por lo que actual y) pasa a ser inciso z), y II un inciso, \u00e9ste como w), por lo que actual w) pasa a ser inciso x), de la Ley de Transporte P\u00fablico del Estado de San Luis Potos\u00ed,<\/p>\n\n\n\n<p>para incorpora la obligaci\u00f3n para los concesionarios y permisionarios de cumplir de forma puntual con los protocolos establecidos por las autoridades de salud a causa de brotes epid\u00e9micos, o por motivos de salubridad general, incluyendo, m\u00e1s no limit\u00e1ndose, a acciones como la sanitizaci\u00f3n de las unidades, y del uso de cubrebocas y registro de la temperatura corporal.<\/p>\n\n\n\n<p>Se incorpora al esquema de sanciones presente en la ley, una multa de veinte a cien unidades de medida y actualizaci\u00f3n vigente por incumplimiento en las medidas de sanitizaci\u00f3n de unidades; y de cinco a treinta unidades de medida y actualizaci\u00f3n vigente para quienes incumplan en el uso de cubrebocas.<\/p>\n\n\n\n<p>Por unanimidad de 24 votos a favor, se aprob\u00f3 la reforma al art\u00edculo 6\u00b0 en su fracci\u00f3n XXXII; y adiciona al mismo art\u00edculo 6\u00b0 una fracci\u00f3n, \u00e9sta como XXXII Bis, por lo que actual XXXII Bis pasa a ser fracci\u00f3n XXXII Ter, de la Ley de Tr\u00e1nsito del Estado de San Luis Potos\u00ed, para definir correctamente concepto de placas de discapacidad, entendida como \u201cplancha de metal en que figura el n\u00famero de matr\u00edcula y un s\u00edmbolo de discapacidad, para los veh\u00edculos que pertenecen a una persona, as\u00ed como autos de alg\u00fan familiar o persona cercana con minusval\u00eda, expedida por la Secretar\u00eda de Finanzas del Gobierno del Estado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto, con el fin de lograr una &nbsp;mejor interpretaci\u00f3n de la ley y dotar de certeza jur\u00eddica a la misma.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n al dictamen que propon\u00eda terna para elegir a Comisionada Numeraria o Comisionado Numerario de la Comisi\u00f3n Estatal de Garant\u00eda de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, periodo uno julio del 2021 al 30 de junio del 2025, la diputada Vianey Montes Colunga, presidenta de la Directiva, inform\u00f3 que la presidencia de la Comisi\u00f3n de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica avisa que en audiencia incidental de ayer, lunes 28 de junio publicada en la lista de acuerdos del d\u00eda de hoy, juez federal concede la suspensi\u00f3n definitiva de juicio de amparo promovido en contra del procedimiento para la elecci\u00f3n de comisionado numerario de CEGAIP.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, y en acato expreso a la resoluci\u00f3n anunciada, existe impedimento legal para procesar el dictamen referido, por lo que fue retirado del orden del d\u00eda de la Sesi\u00f3n Ordinaria y&nbsp; queda en reserva para cuando concluya la substanciaci\u00f3n del juicio de amparo correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Punto de Acuerdo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Fue aprobado por 19 votos a favor y 1 voto en contra, el Punto de Acuerdo presentado por la diputada Marite Hern\u00e1ndez Correa que insta exhortar a los 58 ayuntamientos de la Entidad, para que en los \u00e1mbitos de sus competencias realicen acciones de fortalecimiento para sensibilizar, prevenir, atender y prohibir el castigo corporal y humillante como m\u00e9todo correctivo o disciplinario en ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes como modelo de crianza en todos los contextos donde se desarrollan las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes. As\u00ed como establecer y coordinar acciones de sensibilizaci\u00f3n social, en sus municipios para la prevenci\u00f3n del castigo corporal y la promoci\u00f3n de modelos de crianza positiva, protecci\u00f3n integral y prevenci\u00f3n de la violencia, dirigida a padres, madres y cuidadores, tutores y quienes tengan la guarda y custodia de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en todos los contextos donde se desarrollen.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se exhorta respetuosamente a la Secretar\u00eda Ejecutiva del Sistema Estatal de Protecci\u00f3n de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes, y a sus hom\u00f3logas en los 58 municipios; as\u00ed como a la Procuradur\u00eda de Protecci\u00f3n de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes, para promover espacios de sensibilizaci\u00f3n con autoridades estatales y municipales para acelerar la prohibici\u00f3n expl\u00edcita del castigo corporal y humillante como m\u00e9todo de disciplina y correctivo en todos los \u00e1mbitos, as\u00ed como de coordinar acciones de sensibilizaci\u00f3n social en la Entidad y los Municipios para la prevenci\u00f3n del castigo corporal y la promoci\u00f3n de modelos de crianza positiva dirigida a padres, madres y cuidadores, tutores y quienes tengan la guarda y custodia de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Acuerdos de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por mayor\u00eda de 21 votos a favor, 1 voto en contra y 1 voto nulo, se aprob\u00f3 el Acuerdo de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica relativo a propuesta para elegir cinco comisiones jurisdiccionales.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta manera, las comisiones jurisdiccionales quedaron conformadas de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<p>1.- Comisi\u00f3n Jurisdiccional para Substanciar, dos procedimientos de Responsabilidad Administrativa en contra del presidente municipal de Santa Mar\u00eda del R\u00edo, administraci\u00f3n 2018- 2021; y en contra del presidente municipal, s\u00edndico y regidora de Santa Mar\u00eda del R\u00edo, administraci\u00f3n 2018-2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Presidenta: Diputada Marite Hern\u00e1ndez Correa.<\/p>\n\n\n\n<p>Vicepresidente: Dip. Ricardo Villarreal Loo.<\/p>\n\n\n\n<p>Secretario: Dip. Mario L\u00e1rraga Delgado.<\/p>\n\n\n\n<p>2.- Comisi\u00f3n Jurisdiccional para sustanciar, dos procedimientos de Responsabilidad Administrativa en contra de: Presidenta Municipal, S\u00edndico y Regidora de Villa Hidalgo, administraci\u00f3n 2018-2021<\/p>\n\n\n\n<p>Presidente: Dip. H\u00e9ctor Mauricio Ram\u00edrez Konishi.<\/p>\n\n\n\n<p>Vicepresidenta: Paola Alejandra Arreola Nieto.<\/p>\n\n\n\n<p>Secretario: Dip. Rub\u00e9n Guajardo Barrera.<\/p>\n\n\n\n<p>3.- Comisi\u00f3n Jurisdiccional para sustanciar dos procedimientos de Responsabilidad Administrativa en contra del Presidente Municipal, S\u00edndico, y Regidores del Ayuntamiento de Mexquitic de Carmona, Administraci\u00f3n 2018-2021:<\/p>\n\n\n\n<p>Presidente: Dip. Edson de Jes\u00fas Quintanar S\u00e1nchez.<\/p>\n\n\n\n<p>Vicepresidenta: Dip. Mar\u00eda del Rosario S\u00e1nchez Olivares.<\/p>\n\n\n\n<p>Secretaria: Dip. Rosa Zu\u00f1iga Luna.<\/p>\n\n\n\n<p>4.- Comisi\u00f3n Jurisdiccional para sustanciar procedimiento de Juicio Pol\u00edtico en contra del Presidente Municipal, Regidores y S\u00edndico del Ayuntamiento de Tampamol\u00f3n Corona, administraci\u00f3n 2018-2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Presidente: Dip. Beatriz Eugenia Benavente Rodr\u00edguez.<\/p>\n\n\n\n<p>Vicepresidente: Wilibaldo Torres Rodr\u00edguez.<\/p>\n\n\n\n<p>Secretario: Dip. Eugenio Guadalupe Govea Arcos.<\/p>\n\n\n\n<p>5.- Comisi\u00f3n Jurisdiccional para sustanciar procedimiento de juicio pol\u00edtico en contra del Presidente Municipal, y cabildo del Ayuntamiento de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>Presidente: Dip. Edgardo Hern\u00e1ndez Contreras.<\/p>\n\n\n\n<p>Vicepresidente: Dip. Laura Patricia Silva Celis.<\/p>\n\n\n\n<p>Secretario: Dip. Vianey Montes Colunga.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se aprob\u00f3 por mayor\u00eda de 20 votos a favor, 3 en contra y un voto nulo, la conformaci\u00f3n de la Diputaci\u00f3n Permanente que ha de funcionar durante el receso del Congreso, periodo uno de julio-13 de septiembre del 2021, la cual qued\u00f3 integrada de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<p>Presidenta: Dip. Vianey Montes Colunga.<\/p>\n\n\n\n<p>Vicepresidenta: Dip. Paola Alejandra Arreola Nieto.<\/p>\n\n\n\n<p>Secretario: Dip. Mart\u00edn Ju\u00e1rez C\u00f3rdova.<\/p>\n\n\n\n<p>Primera Vocal: Dip. Marite Hern\u00e1ndez Correa.<\/p>\n\n\n\n<p>Segundo Vocal: Dip. Mario L\u00e1rraga Delgado.<\/p>\n\n\n\n<p>Suplente: Dip. Rub\u00e9n Guajardo Barrera.<\/p>\n\n\n\n<p>Suplente: Dip. Edson de Jes\u00fas Quintanar S\u00e1nchez.<\/p>\n\n\n\n<p>El diputado H\u00e9ctor Mauricio Ram\u00edrez Konishi rindi\u00f3 protesta de ley como Presidente de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica, luego de reintegrarse como Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.<\/p>\n\n\n\n<p>En Asuntos Generales, participaron la diputada Vianey Montes Colunga y el diputado Edgardo Hern\u00e1ndez Contreras, sobre diversos temas.<\/p>\n\n\n\n<p>A las comisiones legislativas se turn\u00f3 la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo; los dem\u00e1s poderes del estado; ayuntamientos, poderes de&nbsp; otras entidades del pa\u00eds; e iniciativas presentadas por ciudadanas y ciudadanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Agotados los asuntos, se cit\u00f3 a Sesi\u00f3n Solemne&nbsp; y Sesi\u00f3n de Instalaci\u00f3n de la Diputaci\u00f3n Permanente, ambas en modalidad presencial, ma\u00f1ana mi\u00e9rcoles 30 de junio del 2021, a 10:00 horas, sal\u00f3n \u201cPonciano Arriaga Leija\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>EL OBJETIVO ES QUE LOS CENTROS DE ATENCI\u00d3N PARA MUJERES TENGAN ADSCRITO UN JUZGADO DE LO FAMILIAR. 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